El 30 de junio de 2015 el Gobierno Vasco aprobó, por Decreto 121/2015, las figuras de protección ambiental Zona de Especial Conservación (ZEC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de Salburua. Entre los objetivos del decreto se señala "evitar programar nuevos desarrollos urbanísticos en las proximidades del humedal".
La parcela donde se quiere construir el centro comercial se encuentra en la Zona Periférica de Protección de la ZEC de Salburua. En el apartado 6.3 del Decreto, respecto a la "zona periférica de protección" se señala que en esa zona operará el régimen preventivo del artículo 6.3 de la Directiva Habitat que a su vez establece: "3. Cualquier plan o proyecto que pueda afectar de forma apreciable a los citados lugares se someterá a una adecuada evaluación de sus repercusiones en el lugar, teniendo en cuenta los objetivos de conservación de dicho lugar. Las autoridades nacionales competentes sólo se declararán de acuerdo con dicho plan o proyecto tras haberse asegurado de que no causará perjuicio a la integridad del lugar en cuestión y, si procede, tras haberlo sometido a información pública".
Dicha Evaluación Ambiental no se encuentra en la documentación del expediente en cuestión y, por lo tanto, no se puede continuar con el procedimiento conforme a la legislación vigente. El promotor está obligado a presentar esta evaluación y a considerar la normativa ambiental aprobada por el Gobierno Vasco que afecta a la parcela además de la normativa urbanística establecida por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
En palabras de Oscar Fernández, “en IRABAZI-GANAR entendemos que es evidente que entran en contradicción los objetivos de conservación del humedal aprobados en la ZEC y el desarrollo urbanístico que propone el Estudio de Detalle para la construcción del centro comercial. Además, la documentación presentada es incompleta ya que carece de evaluación ambiental. Por ello, IRABAZI-GANAR solicita la paralización de la tramitación y el abandono del proyecto”. “Además, vamos a solicitar un informe al Consejo Asesor de Conservación de la Naturaleza del País Vasco para que analice el posible conflicto de intereses entre el decreto del Gobierno Vasco, las directrices de protección aprobadas por la Diputación y la aprobación del Estudio de Detalle”, ha señalado Fernández.
Respecto a la responsabilidad patrimonial con el propietario de la parcela, es el Decreto del Gobierno Vasco el que impide el desarrollo urbanístico de la parcela, por lo que las posibles indemnizaciones deberían ser asumidas por esta institución. – See more at: http://www.ezker-anitza.org/actualidad/irabazi-gasteiz-la-tramitacion-del-expediente-para-la-construccion-del-centro-comercial#sthash.Z0DVUbtQ.dpuf
Ezker Anitza IU Ezker Anitza IU